AYUDA IGAPE: PRÉSTAMOS PARA INVERSIONES ESTRATÉGICAS
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FINALIDAD / OBJETIVO
TIPOS DE APOYO
BENEFICIARIOS POTENCIALES
- Realicen una actividad empresarial en un centro de trabajo, objeto de la actuación a financiar, localizado en Galicia.
- Cumplan los requisitos y condiciones establecidos para la correspondiente modalidad de préstamos, que se detallan en el anexo I de las bases reguladoras de la ayuda.
- Aporten una contribución financiera mínima del 25% del proyecto, exenta de cualquier tipo de apoyo público.
SECTORES INCENTIVABLES
Los proyectos financiables deberán estar vinculados a las actividades establecidas como financiables, independientemente de cualquier otra que, además, desempeñe el solicitante.
Sectores de actividad (CNAE):
03 – Pesca y acuicultura
05 a 09 – Industrias extractivas
10 a 33 – Industrias manufactureras
35 a 39 – Aprovisionamiento de energía y agua, y gestión de residuos y descontaminación
42 a 43 – Construcción de redes y construcción especializada
46 – Comercio al por mayor e intermediarios, salvo vehículos de motor y motocicletas
49 a 53 – Transporte y almacenamiento
55 a 56 – Hostelería
58 a 63 – Información y comunicaciones
69 a 75 – Actividades profesionales, científicas y técnicas
77.3 – Alquiler de maquinaria, equipamientos y bienes tangibles
79 – Agencias de viajes, operadores turísticos, servicios de reservas y actividades relacionadas con estos
80 a 82 – Actividades de seguridad e investigación y otras actividades auxiliares de las empresas
87 a 88 – Asistencia en establecimientos residenciales y servicios sociales sin alojamiento
90 a 93 – Actividades artísticas, recreativas y de entretenimiento
REQUISITOS PRINCIPALES DEL PROYECTO
- El Igape podrá financiar proyectos empresariales, u otro tipo de actuaciones vinculadas a una actividad económica viable, a implantar en la Comunidad Autónoma de Galicia, que cumplan además los requisitos específicos establecidos en el Anexo I para cada modalidad de préstamo.
- Serán financiables las inversiones y gastos, realizados y pagados una vez presentada la solicitud, y dentro del plazo concedido para la ejecución del proyecto.
- No serán financiables los meros relevos de bienes sin una mejora productiva, los traslados de centros productivos que no supongan una mejora en la capacidad productiva o en la competitividad, los gastos de amortización, el saneamiento de cuentas, ni la financiación o la refinanciación de deudas.
- Importe de la financiación: El proyecto deberá presentar un coste financiable en activos fijos igual o superior a 1.000.000 euros más impuestos.
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