PROGRAMA REINDUS 2019
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El programa Reindus consiste en un programa de financiación para las empresas industriales. La actual política industrial española ha introducido nuevos retos relacionados con la mejora de la eficiencia energética, el impulso de lo que se conoce como la industria 4.0, la mejora de la competitividad de las empresas, el incremento de la eficiencia y la orientación al mercado, el apoyo a la internacionalización de las empresas industriales, el fomento de la inversión en I+D+i y la reindustrialización de sectores estratégicos.
FINALIDAD
La finalidad del programa es apoyar a las empresas industriales en la realización de inversiones materiales destinadas a la creación o traslado de establecimientos industriales y mejora y/o modificación de líneas de producción previamente existentes, así como la implementación de tecnologías de Industria conectada 4.0.
Concretamente, se busca dar apoyo a las siguientes acciones:
– Creación de establecimientos industriales
– Traslado de establecimientos industriales
– Mejoras y/o modificaciones de la línea de producción
– Implementación productiva de tecnologías de la «Industria Conectada 4.0.»
REQUISITOS
- Pymes y grandes empresas válidamente constituidas que no formen parte del sector público y que desarrollen o vayan a desarrollar una actividad industrial encuadrada en la Sección C (Divisiones 10 a 32) del CNAE 2009 de Industria Manufacturera. Adicionalmente, se incluirán también las actividades encuadradas en la sección 38.3, siempre que dispongan, en el momento de la solicitud, de la autorización de gestión de residuos.
- El presupuesto mínimo financiable es de 100.000€.
- Se financiarán los gastos desde el 1 de enero de 2019.
CARACTERÍSTICAS DE LA FINANCIACIÓN
Los préstamos del programa Reindus tienen las siguientes condiciones:
– Importe máximo de la financiación a conceder del 75% sobre el presupuesto financiable.
– Importe mínimo financiable: 100.000€.
– Para las empresas sin cuentas históricas significativas el límite del préstamo será de tres veces el importe de los fondos propios. Para el resto de empresas el límite del préstamo será cinco veces el importe de los fondos propios.
– Plazo de amortización anual: 10 años incluyendo 3 años de carencia.
– Tipo de interés: tipo de interés de aplicación 1,00 %
– Garantías: Las garantías se constituirán en la Caja General de Depósitos. Se exigirá la presentación de las garantías antes de la resolución de concesión del préstamo, es decir, en la resolución provisional. En caso de que no se aporten las garantías en plazo y forma se desestimará la solicitud.
El importe de las garantías, que será un porcentaje del préstamo concedido más el mismo porcentaje del interés financiero total a devengar, se determinará en función de la clasificación obtenida por el beneficiario pudiendo ser del 10%, 41% y 70%.
PLAZO
Las solicitudes puedes presentarse desde el 26 de septiembre hasta el 4 de noviembre de 2019.