SUBVENCIÓN IGAPE A STARTUPS

Objeto y características

Fomentar la actividad de las startups gallegas o con un centro de trabajo en Galicia subvencionando los gastos e inversiones en los que incurran desde el 1 de enero de 2024 hasta la fecha de la solicitud de ayuda.

Concurrencia no competitiva.

El plazo de presentación de solicitudes de ayuda comenzará a las 08:00 horas del 2 de enero de 2024 y finalizará a las 14:00 horas de 30 de septiembre de 2024, excepto que antes de esa fecha se produzca el supuesto de agotamiento del crédito.

Estas ayudas son incompatibles con otras ayudas o subvenciones públicas para los mismos gastos.

El importe mínimo de gasto subvencionable deberá alcanzar 10.000 €.

Se concederá una ayuda del 100% hasta un máximo de 20.000 € para los gastos realizados (devengados y pagados) por la startup durante el período subvencionable.

Consideración de startup

Se considerarán startups, de acuerdo con la definición contenida en el artículo 3 de la ley 28/2022, de 21 de diciembre, de fomento del ecosistema de las empresas emergentes, toda persona jurídica, incluidas las empresas de base tecnológica creadas al amparo de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la ciencia, la tecnología y la innovación, de reciente creación: que no transcurrieran más de cinco años desde la fecha de inscripción en el Registro Mercantil, o Registro de Cooperativas competente, de la escritura pública de constitución, con carácter general, o de siete en el caso de empresas de biotecnología, energía e industriales; y que reúna las condiciones especificadas en ese artículo respeto de la innovación y escalabilidad

Condiciones que se deben cumplir para poder solicitar la ayuda

Para acceder a estas ayudas, las startups deberán cumplir, por lo menos, una de las siguientes condiciones en el momento de solicitar la ayuda:

  • Disponer de la certificación de ENISA prevista en la Ley 28/2022.
  • Acreditar la cualificación de Iniciativa de Empleo de Base Tecnológica de la Xunta de Galicia (EIBT).
  • Haber participado en algún proceso de aceleración en iniciativas con participación pública de la Xunta de Galicia en su desarrollo (Viagalicia, BFAuto, BFAero, BFFood, Turislab, Galicia Avanza).
  • Acreditar mediante certificado al efecto emitido por el centro de origen el carácter de Spin-off de las Universidades, de los Centros de FP o de Centros Tecnológicos.
  • Estar inscritas en el Registro de Pymes Innovadoras del Ministerio de Ciencia e Innovación.
  • Disponer de la certificación EA 0047:2015 o EA 0043:2015 de pyme innovadora o joven empresa innovadora, respectivamente.
  • Disponer de la marca EIBT de empresa innovadora de base tecnológica otorgada por la Asociación Nacional de Centros Europeos de Empresas e Innovación (ANCES).

Más información en el siguiente enlace:

IGAPE

Related Post